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3. Obligaciones de los trabajadores. (artículo 29 L.P.R.L.)
a) Seguir las instrucciones del empresario en materia de prevención.
b) Usar adecuadamente los medios habituales de su trabajo.
c) Usar de forma adecuada los medios de protección facilitados por el empresario.
d) No inutilizar los medios de seguridad y usarlos correctamente.
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